sábado, 3 de octubre de 2015

Doña Javiera Londoño, la fundadora y precursora de la abolición esclavista.


Hoy compartimos con nuestros lectores un artículo publicado por la revista Distritos en su edición número 17 de 1969.
Esta revista puede consultarse en la biblioteca de la Universidad de Antioquia.


Monumento a Javiera Londoño, Parque Principal del Retiro 


Imagen tomada de:


Corresponde a doña Javiera Londoño de Castañeda el honor, histórico y cronológico, de haber sido la fundadora del hoy municipio de El Retiro, y de haber puesto las bases de la abolición esclavista, muchos años antes de producirse el Decreto de Libertad de los esclavos, promulgado para la Provincia de Antioquia, por el Dictador don Juan del Corral y de haberse aprobado la Ley de la República, sancionada en 1850 por el Presidente José Hilario López, anticipándose media centuria a la primera y casi un siglo a la segunda, como se desprende de los acápites históricos que citamos a continuación:

Fue doña Javiera hija del teniente general español don Juan Londoño Transmiera (tronco de este apellido en Colombia) y de doña Bárbara Gertrudis Zapata, quienes habían contraído matrimonio en Medellín, en la Parroquia de la Candelaria, el 16 de septiembre de 1685. Nació doña Javiera en esta Villa el 24 de abril de 1696. Casó en la misma Parroquia el 11 de septiembre de 1715 con don José Ignacio Castañeda y Atehortúa y se trasladaron a vivir a la villa de San Nicolás en Rionegro, donde poseyeron muchos bienes, entre otros, un Real de Minas en “El Guarzo” y varias haciendas en la Ceja y  Llano Grande. Del matrimonio de don José Ignacio y doña Javiera, no hubo descendencia, por lo cual ambos esposos convinieron de mutuo, testar el uno a favor del otro, estableciendo en dicho testamento una cláusula que “concedía libertad a sus  esclavos”. Dicho testamento se protocolizó el 19 de septiembre de 1757 y la cláusula relativa a la libertad de sus esclavos, dice así: “Ítem. Declaro que entre la dicha doña Javiera Londoño, mi esposa, y yo (en el de doña Javiera se invierten los términos) estamos convenidos para que después de nuestro fallecimiento sean libres de la esclavitud en la que están. (Los cita por su nombre y continúa): A los cuales nuestros esclavos desde ahora les doy libertad en toda forma de derecho dando aquí por inciertas todas las cláusulas, vínculos y firmezas para que su validez se requieren de forma que con solo testimonio de esta cláusula y constado de nuestro fallecimiento gocen de su libertad haciendo cuanto las personas libres y no sujetas a esclavitud pueden y deben hacer”…

Don Ignacio murió en Rionegro el 8 de septiembre de 1766 y poco después d su fallecimiento, el 11 de octubre del mismo año, doña Javiera otorgó nuevo testamento, reiterando su voluntad de dar libertad a sus esclavos. En este hecho se fundamenta la principal grandeza de doña Javiera, de quien dijo en su tratado de historia el doctor Julio Cesar García: “Precursora de Precursores en la libertad de esclavos”, y don Tomás Cadavid Restrepo la anota como “E- primer caso anti esclavismo, no solo en Antioquia, maestra de la libertad, si no en América y quizás el mundo entero”. Porque la libertad concedida no fue un hecho írrito, sino que los dotó con su modus vivendi, asignándoles los aventaderos de las minas que poseía. Murió doña Javiera en la ciudad de Rionegro, el 12 de octubre de 1767.





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